Este viernes 15 de agosto fue establecido por el Gobierno Nacional como “día no laborable con fines turísticos”, en el marco de la Ley 27.399 que autoriza hasta tres jornadas de este tipo al año, siempre que caigan lunes o viernes, para fomentar fines de semana largos y estimular el turismo interno.
A diferencia de un feriado nacional, no se trata de un descanso obligatorio: la decisión de otorgar el día libre o mantener la actividad queda en manos del empleador. Por lo tanto, no todos podrán disfrutar del fin de semana largo.
La elección de la fecha está vinculada a la proximidad del 17 de agosto, cuando se conmemora el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín. Este año, la fecha cae domingo, por lo que no se traslada a otro día.
Feriado nacional vs. día no laborable
En un feriado nacional, el descanso es obligatorio. Si un trabajador presta servicios, la ley 20.744 obliga a pagarle el doble de una jornada habitual. En cambio, en un día no laborable, el artículo 182 de la misma ley establece que es optativo para el empleador y no implica un pago extra si se trabaja.
En resumen, este viernes algunos sectores podrán descansar y aprovechar el fin de semana largo, mientras que otros deberán cumplir su jornada laboral con normalidad.






